Sobre el Registro de Marcas en Panamá

Lo primero que debe entender es que se tiene derecho preferente a la marca, la persona o empresa que la estuviera usando dicha marca desde la fecha más antigua. Cuando una marca no estuviera en uso anterior, el registro se concederá a la persona que presente la “primera solicitud a Ministerio de Comercio (DIGERPI)”, o que invoque, en su caso, la fecha de uso “más antigua”.

Derechos del titular de una Marca en Panamá

El titular del registro de una marca tiene el derecho de impedir que otras personas o empresas realicen, sin su autorización, lo siguiente:

  • Fabricar, imprimir o reproducir etiquetas, membretes, envases, envolturas y otros medios similares que ostenten la marca o un signo distintivo idéntico.
  • Aplicar de cualquier otra manera, fijar la marca al punto de inducir al público a error sobre productos de la marca.
  • Usar un signo distintivo idéntico o similar de la marca registrada, para identificar los mismos productos o servicios.
  • Utilizar un signo distintivo idéntico o similar a la marca registrada, para identificar productos o servicios distintos.
  • Emplear en el comercio un signo distintivo idéntico o similar a la marca registrada, sin justa causa y en condiciones que puedan ocasionar un perjuicio al propietario de la marca.
  • Usar términos de comparación con otra marca cuyos productos o servicios sean similares o idénticos.

¿Cómo se Registra una Marca en Panamá?

Para obtener el registro de una marca, se debe enviar una solicitud a la DIGERPI en el Ministerio de Comercio de Panamá, por intermedio de abogado, con información de la persona o empresa que registrará la marca, junto a:

  • El diseño de la marca, tal como será usada en el mercado;
  • La Especificación de los productos o servicios en los cuales la marca es o será usada.
  • Certificado de garantía y Derechos del Ministerio
  • Certificado de registro de la empresa
  • Declaración jurada respecto al uso de la marca;
  • Y 6 etiquetas de la marca

Encontrada conforme la solicitud de registro de la marca, se ordenará su publicación por una sola vez, con: Número de la solicitud, Fecha del depósito y prioridad, País de origen, Clasificación internacional, Productos o servicios que ampara, Indicación relativa a los colores, junto con Nombre, nacionalidad y domicilio del solicitante.

El registro de una marca tiene una duración de 10 años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y puede ser renovado indefinidamente por períodos iguales.

Derechos del titular de una Marca en Panamá
Derechos del titular de una Marca en Panamá

Oposición de Registro de una Marca en Panamá

Si alguien ya ha usado una marca, para “oponerse al uso”, se puede realizar al tener registrada una marca o son haberla registrado “oponerse” con solo comprobar haberla usado con anterioridad.

Durante el término de 2 meses, contado a partir de su orden de publicación a que se refiere el artículo anterior, cualquier persona podrá presentar demanda de oposición al registro de la marca solicitada. De no mediar demanda de oposición, se ordenará el registro mediante resolución, dejando a salvo los derechos de terceros.

La ley de Marcas en Panamá señala una “preferencia” para la persona o empresa que tenga derechos sobre una marca famosa o renombrada, podrá oponerse a su uso no autorizado y a su registro, así como demandar la anulación del registro de la marca si se hubiese concedido.

¡Para más información sobre el registro de marcas en Panamá, contáctenos!

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